La organización territorial de España, un Estado autonómico, está
basada en lo que indica el artículo 2 de la Constitución de 1978,
que declara «la indisoluble unidad española» y «garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que
la integran y la solidaridad entre todas ellas».
La Constitución establece, en su artículo 137: “El Estado
se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades
autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la
gestión de sus respectivos intereses”.
España se vertebra en 17 comunidades autónomas,
incluyendo una comunidad foral, y
dos ciudades autónomas. Cada
comunidad autónoma está formada por una o varias provincias hasta un total
de 50 en todo el territorio nacional. A su vez, cada provincia está dividida en
un número variable de municipios.

Las 17 comunidades autónomas son: Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Cataluña, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de
Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia y La Rioja. A estas se
añaden Ceuta y Melilla como ciudades autónomas, y también unos
determinados territorios situados en el norte de África conocidos como plazas
menores de soberanía, que son las Islas Chafarinas, Islas Alhucemas y el Peñón de Vélez de la
Gomera. Estos territorios son administrados directamente por el
gobierno español desde Madrid. Como curiosidad también existe un
municipio llamado Llivia perteneciente a la provincia de Gerona, Cataluña, que está rodeado en su totalidad por
territorio francés.
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